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San Nicolás de los Arroyos
sábado, 27 julio, 2024

Edición N° 4849

Inquilinos atados a la derogada Ley de Alquileres afrontarán en mayo subas récord del 220%

ACTUALIZACIÓN ANUAL

Los inquilinos que firmaron un contrato en mayo de 2023, o en el mismo mes de años precedentes, afrontarán el mes próximo la actualización de sus alquileres mensuales. El aumento será del 220,98%, según lo establecido por la derogada ley de alquileres. Así, quien venía pagando $100.000 pasará a pagar casi $321.000.

Inquilinos atados a la derogada Ley de Alquileres afrontarán en mayo subas récord del 220%
La suba del 220,98% impactará sobre los contratos firmados durante la vigencia de la ley de alquileres, ya sea en mayo de 2023 o en años precedentes.

De la redacción de EL NORTE
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Un inquilino que desde mayo de 2023 viene pagando mensualmente un alquiler de $100.000, en pocos días más pasará a pagar más del triple: $321.000. La situación de los inquilinos está atada a la inflación, naturalmente. Y en especial la de aquellos que firmaron sus contratos antes de que en diciembre pasado un decreto de necesidad y urgencia firmado por el presidente Javier Milei derogara la denominada Ley de Alquileres.

Los contratos firmados bajo la ley N° 27.551, derogada por el DNU del Presidente aún vigente, que actualizan el precio anualmente a través del Índice de Contratos de Locación (ICL), tendrán un aumento del 220,98% en mayo.

De esta manera, aquellos inquilinos que estaban pagando $100.000 pasarán a pagar casi $321.000, mientras que los que pagan $200.000 pasarán a pagar casi $642.000. Si el contrato finaliza, el propietario puede solicitar un índice diferente para la renovación del contrato. Pero debe consensuarlo con el propietario. Por regla general los contratos posteriores al DNU vienen acordándose con cláusulas de actualización cada tres o cuatro meses. Y puede ser por la variación del propio ICL, o bien, por las del Índice de Precios al Consumidor. Depende del acuerdo entre las partes.



Ley 27.551

El DNU de Milei derogó la ley que había sido modificada a mediados del 2023 y liberó a las partes a elegir el índice de indexación que prefieran, lo que hizo que desde diciembre, la mayoría de los nuevos contratos pidan actualización por IPC.

El ICL –incluido en los contratos previos al DNU como cláusula obligada para actualizaciones anuales, sin espacio para negociaciones entre las partes– es un indicador que elabora el Banco Central de la República Argentina y que se compone de la variación del índice de precios y también de la evolución de los salarios. Para calcular la actualización anual que tiene un contrato de locación se debe tomar como referencia el precio actual, se lo divide por el valor del índice con fecha de inicio del contrato. Luego se multiplica ese monto por el índice de la fecha en la que cambia la cifra del alquiler. El ICL se encuentra publicado en la página web del Banco Central: www.bcra.gob.ar.



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