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San Nicolás de los Arroyos
sábado, 27 julio, 2024

Edición N° 4849

Aumento de prepagas: intiman a OSDE a no subir la cuota y responder un amparo en la Justicia de San Nicolás

La empresa fue conminada a frenar el aumento que le fue aplicado a un afiliado nicoleño tras la publicación del DNU. Esta acción no es la única presentada en los tribunales de esta ciudad y podría haber novedades en las próximas horas.

OSDE

De la redacción de EL NORTE
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Osde debe abstenerse de cobrar el aumento de cuotas porque la justicia de San Nicolás la intimó a responder un recurso de amparo presentado por el abogado Daniel Porta.
“La liberación del mercado de las prepagas requiere del dictado de una ley específica que así lo disponga, no existen razones de necesidad ni de urgencia que ameriten la afectación de derechos y garantías constitucionales de las personas a manos de un DNU”, explicó el Dr. Porta.

El abogado, eligió plantear la situación particular de su representado ante el Juzgado Federal de su jurisdicción y logró que la justicia nicoleña emplace a OSDE a responder sobre la solicitud de revocación del aumento implementado durante los períodos Enero, Febrero del 2024 y sucesivos, según lo dispuesto por el DNU 70/23, limitando a la empresa a aplicar únicamente los incrementos autorizados por la autoridad competente conforme el artículo 17 de la Ley 26.682.

OSDE
Juzgado Federal / EL NORTE

A modo ilustrativo, la Resolución 2577/2022 del Ministerio de Salud de la Nación establece un aumento del 6,26% para el mes de enero del presente año, muy por debajo del aumento real aplicado por la prepaga en cuestión.



El letrado que patrocina al afiliado de OSDE, explicó que “el decreto dictado en diciembre por el gobierno nacional evidencia una severa afectación al derecho a la salud y a la vida” ya que vulnera normativas internacionales e incluso se produce una afectación al derecho de los consumidores y usuarios.

No es el único caso que se tramita en los tribunales de la zona norte de la Provincia pero sí el primero en el que previo a hacer lugar a la medida cautelar, se conmina a brindar una respuesta que el afiliado ya había solicitado por sus propios medios y de la cual no había obtenido debida respuesta.

Hasta el momento la única cautelar firme es la dictada en la justicia de San Martín y rige sólo para el afiliado que la presentó. No se descarta que si hay nuevas presentaciones comiencen a analizarse acciones colectivas.

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