LA “LEY PANDEMIA” NO AVANZA EN EL GONGRESO Y EL GOBIERNO HARÍA UN NUEVO DNU CON RESTRICCIONES

El viernes 11 vence el actual decreto. No se sabe aún si habrá confinamiento estricto para los próximos fines de semana. Alberto Fernández tiene pensado hablar con los gobernadores entre miércoles y el jueves.

Hasta ahora se aplicó el semáforo epidemiológico para determinar las restricciones. WEB

Los números sobre los contagios y los fallecimientos que entregue la pandemia durante los próximos dos o tres días definirán el formato del nuevo DNU que tiene previsto firmar el presidente Alberto Fernández antes de que finalice esta semana. El viernes 11 vence el último Decreto de Necesidad y Urgencia vigente y todavía no se definió si mantendrá la misma estructura de cierres estrictos para este fin de semana y los siguientes. Sí resulta bastante improbable que se vuelva a un confinamiento estricto como el que rigió entre el 22 y el 31 de mayo con el fin de reducir la circulación en todo el territorio nacional ante el crecimiento exponencial de los casos de coronavirus.

Cronograma

Este fin de semana fue el último comprendido por el DNU que el jefe de Estado firmó el 21 de mayo, que estableció un cronograma de nueve días de confinamiento “total”, cinco de medidas “intermedias”, dos “duros” (sábado y domingo) y cinco más de “relajamiento”. Desde el gobierno pretendían que las nuevas medidas pudieran adoptarse mediante una ley que se envió al Congreso Nacional pero, aunque no pierden las ilusiones de que el debate en Diputados avance, los tiempos apremian.

 “En la semana esperamos que se pueda empezar a debatir”, dicen con cierto optimismo en la Casa Rosada en referencia al proyecto de “Ley de Emergencia Covid” o “ley pandemia” que Alberto Fernández envió el 10 de mayo al Congreso y que ya obtuvo media sanción del Senado, donde el oficialismo tiene una amplia mayoría. Desde el Ejecutivo quieren establecer parámetros sanitarios, epidemiológicos y demográficos a tener en cuenta para definir las acciones de mitigación viral, y determina las facultades del Presidente y de los gobernadores para dictar “medidas de cuidado de la población”.

Sin quórum

Otros integrantes de la coalición oficialista sostienen que es complejo que se pueda lograr el quórum en la Cámara baja para que los legisladores comiencen a discutir la iniciativa gubernamental. Desde la oposición argumentan que, de aprobarse, el Presidente gozará de “superpoderes” respecto del manejo de la pandemia de coronavirus y esta postura dificulta un acercamiento sobre el tema.

Hasta ahora se aplicó el semáforo epidemiológico para determinar las restricciones. Según el proyecto de ley, cuando una región queda comprendida en estado de “alarma” es porque el sistema sanitario está a punto de colapsar. Y ante este tipo de situaciones las medidas que se pueden adoptar son “cierres de ferias y shoppings y circulación limitada a partir de las 20″. Otra iniciativa que puede adoptar el Poder Ejecutivo es “suspender la presencialidad en las escuelas hasta que se pase a un estado inferior” de peligro.

Reglas

De acuerdo a la letra de la iniciativa, el “estado de alarma” solo puede regir para conglomerados de más de 300 mil habitantes, mientras que en los lugares de menos de 40 mil se aplican las reglas generales y las decisiones adicionales de gobernadores.

En aquellas zonas que estén en “alto riesgo”, se agrega por ley, la prohibición de las reuniones familiares, el cierre de salones de fiesta y de salones gastronómicos, prácticas recreativas en lugares cerrados, bingos, reuniones religiosas y restricciones adicionales de circulación”.

Si las medidas no funcionan tras 21 días y los gobernadores no actúan, el Gobierno Nacional tendrá la posibilidad de “tomar medidas y evitar pasar al estado de alerta”.