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martes, 10 septiembre, 2024
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Las calles Alem y Rivadavia se han convertido en extensiones del depósito judicial de vehículos

Una veintena de autos secuestrados permanecen indefinidamente estacionados frente a DDI y Comisaría Primera. Cuando alguno de los vehículos allí aparcado es trasladado al colapsado depósito judicial de zona norte, ese espacio se ocupa inmediatamente por otra unidad confiscada. El sistema, evidentemente, está fallando. ¿De quién es la responsabilidad? Esa pregunta no terminan de responderla los funcionarios judiciales y policiales consultados.

Una larga fila de autos secuestrados ocupan casi toda la cuadra de calle Alem, frente a la DDI. FOTO: IARA CERASI/EL NORTE

Guillermo Insúa

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Quince autos secuestrados permanecían estacionados –este viernes– a lo largo de la margen derecha de calle Alem, entre Ameghino y Garibaldi. Todos en custodia de la DDI. La escena se ha convertido en una postal, nada linda, del lugar. Una imagen de abandono. O, mejor, de ocupación del espacio público en una zona de intenso tránsito puesto que por allí circulan innumerables vehículos debido a que en sus inmediaciones se encuentran varios establecimientos educativos.

Vehículos que fueron objeto de secuestro judicial por estar vinculados a alguna causa penal, o bien, incautados por la policía en algún procedimiento rutinario en el que se constatara numeración adulterada, por ejemplo.

Al momento de abordar de quién es la responsabilidad de que esos autos permanezcan allí indefinidamente, para ponerlo en términos futboleros, las fuentes judiciales y policiales consultadas se pasan la pelota.

En rigor, el sistema establece que los vehículos secuestrados con orden judicial deben quedar en custodia de la fuerza policial hasta tanto se resuelva su destino: la devolución al propietario, el remate o la compactación. Pero para que ello suceda es preciso que la causa por la que el vehículo fue secuestrado tenga sentencia firme.

El problema, y en esto sí coinciden las fuentes judiciales y policiales consultadas, es que el depósito que debiera alojarlos está abarrotado de autos y motos secuestradas. “No hay lugar para nada más”, contestan al momento de indagar en las razones de por qué no son trasladados al predio ubicado sobre calle Del Pozo, detrás del viejo frigorífico. Ese terreno, ganado por altas malezas y altos montículos de piedras y tierra, se utiliza como depósito judicial luego de que el Municipio solicitara el traslado de los vehículos que se apilaban en zona de la vieja Scac para iniciar allí la construcción del Parque Italia, en el sur de la ciudad. En ese entonces, el gobierno local «prestó», digamos, un terreno fiscal en zona norte para que la Justicia tuviese un lugar de amontonamiento de autos y motos confiscados.

Ese nuevo depósito es hoy un canto al abandono. Cada vez que uno de los vehículos allí depositado es conminado a la compactación, el lugar es ocupado inmediatamente por alguno de los que se encuentran aparcados frente a DDI o Comisaría Primera. Y ese espacio que se libera en calle Alem o Rivadavia es ocupado –instantáneamente- por algún otro vehículo secuestrado. Esa es la mecánica, que bien podría definirse como la «mecánica de la buena pipa». Pero, además, no se trata de un sistema ágil. De hecho, hay vehículos secuestrados que permanecen durante meses -en custodia- frente a alguna sede policial. Ejemplo: la camioneta Volkswagen Amarok con la que Jeremías Ramírez colisionó al Ford Fiesta que conducía Miguel Arroyo permaneció durante ocho meses estacionado frente a la Comisaría Primera, hasta que un Juez ordenó la devolución a su propietario.

Quien transite hoy por calle Alem entre Ameghino y Garibaldi se va a topar con 15 autos exhibiendo fajas de secuestro. Una Toyota Hilux, cuatro VW Gol, un Corsa, dos Ford Ka, un Focus, un Vento, una Surán, una Ecosport, un Bora y una Chevrolet Blazer. Todos con un “número de cargo” visible en el parabrisas. En la Comisaría Primera hay otros cinco autos, identificados de igual manera.

Lo curioso, o no tanto, es que algunos de esos vehículos son sujetos de robo o vandalismo. Sí, a pesar de estar en la puerta de una sede policial.

Cada tanto, uno de estos vehículos es devuelto o trasladado al depósito. Y, como se escribió más arriba, el espacio que queda liberado se vuelve a ocupar por otra unidad secuestrada.

¿Cuál es la solución, entonces? Bien, en principio no parece sencilla en virtud de la lógica propia del sistema judicial. El secuestro de vehículos vinculados a causas penales es permanente. Y la resolución de esos expedientes, con sentencia firme, avanza a paso de tortuga.

Aunque, a modo de propuesta, no estaría nada mal avanzar en un inventario exhaustivo de los vehículos en depósito para resolver cuáles están en condiciones de ser destinados a compactación. Ello permitiría establecer un nuevo punto de inicio para un sistema que, está visto, parece saturado y destinado a un inevitable colapso.

Sobre calle Del Pozo, en zona norte, se emplaza el depósito judicial. Postal de un sistema que convive con la posibilidad de colapso. FOTO: IARA CERASI/EL NORTE

Qué dice la Ley

Al momento de entender de quién es la responsabilidad, es determinante recurrir a lo resuelto legislativamente. La Ley Nº 20.785, sobre bienes objeto de secuestro en causas penales, fue sancionada en septiembre de 1974, y promulgada un mes después. La normativa se refiere a la custodia y disposición de los bienes objeto de secuestro en causas penales de competencia de la justicia nacional y federal. En su artículo Nº 3 establece que «tratándose de bienes físicos, y en tanto no corresponda su entrega a quien tenga derechos sobre ellos, el mismo no sea habido, o citado legalmente no compareciere a recibirlos, se procederá de la siguiente manera:

a) «Si se tratare de cosa perecedera, se dispondrá de inmediato su venta en pública subasta, por intermedio de instituciones bancarias, en las cuales se depositará el importe obtenido de la venta».

b) «Si los bienes secuestrados tuvieren interés científico o cultural, se dispondrá de inmediato su entrega a entidades de reconocidos antecedentes en la materia».

c) «En los casos de estupefacientes o psicotrópicos, el juzgado determinará la repartición u organismo del Estado Nacional a que serán entregados».

En todos los casos, si los bienes secuestrados pudieren sufrir daño o demérito por el solo transcurso del tiempo, las instituciones a las que se hiciere entrega de los mismos podrán disponer de ellos con autorización del tribunal y previa tasación que éste ordenará.

Y el artículo Nº 4 deja establecido que «cuando por la naturaleza de los bienes secuestrados no correspondiere su venta ni entrega, transcurrido el plazo establecido en el artículo 6º se dispondrá su destrucción». Y el artículo nº 5 expresa que «el remate, entrega o destrucción prescriptos en los artículos precedentes podrán demorarse, mediante auto fundamentado, el tiempo que el tribunal estime necesario».

Frente a la Comisaría Primera, en calle Rivadavia, también permanecen indefinidamente los vehículos decomisados.  FOTO: IARA CERASI/EL NORTE
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